
La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico -CRA- expide régimen transitorio en la prestación del servicio de aseo en Bogotá, Distrito Capital, para proteger a recicladores, garantizar los derechos de usuarios y bajar tarifas
Bogotá, 21 de enero de 2026. Dando cumplimiento a la orden de la Corte Constitucional, mediante el Auto 2059 de 2025, la Comisión de Regulación en pleno expidió la Resolución 1027 de 2026 por medio de la cual se crea un régimen transitorio para el servicio público de aseo en Bogotá D.C.
El acto administrativo se emitió con el fin de mantener las acciones afirmativas a favor de la población recicladora de oficio y evitar un posible retroceso en sus derechos ante el vencimiento próximo de los contratos de aseo, suscritos en febrero de 2018 por el Distrito Capital a través de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos -UAESP- y los operadores de aseo Promoambiental S.A.S, Limpieza Metropolitana S.A., Ciudad Limpia S.A., Bogotá Limpia S.A.S. y Área Limpia S.A.S.
El Auto 2059, de 19 de diciembre de 2025, emitido por la Corte Constitucional, advirtió sobre un riesgo grave e inminente para los derechos de la población recicladora de oficio debido a la culminación de los contratos vigentes bajo el esquema de Áreas de Servicio Exclusivo. Ese vencimiento está previsto para el 11 de febrero de 2026, lo que, según el alto tribunal, podría llevar en un tránsito automático a un régimen de libre competencia sin salvaguardas suficientes y obligatorias que aseguren la continuidad de las acciones afirmativas, a pesar de existir normatividad del orden nacional al respecto.
Antecedentes y motivo de la medida
La Corte Constitucional actuó en el marco del seguimiento a la jurisprudencia que reconoce a la población recicladora de oficio como sujeto de especial protección constitucional desde la Sentencia T‑724 de 2003. La preocupación central es que, sin un régimen transitorio, las empresas privadas, en un modelo de libre competencia, podrían acceder al material reciclable, afectando la fuente de sustento de quienes se dedican a esta labor, desnaturalizando las órdenes constitucionales previas y podría dejar zonas sin cobertura en la prestación del servicio de aseo.
Propósito del régimen
El nuevo acto administrativo se plantea, de manera provisional, evitar la regresión en el nivel de protección alcanzado en la última década y asegurar el acceso al material aprovechable, la remuneración por aprovechamiento y la coordinación con prestadores del servicio. Aunque no anticipa ni define el esquema definitivo, el régimen transitorio busca otorgar estabilidad y previsibilidad durante la transición hacia un nuevo modelo regulatorio y contractual.
Qué obliga el nuevo acto administrativo
El fallo ordenó a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, CRA, expedir -antes del 25 de enero de 2026- un acto administrativo transitorio que mantenga las acciones afirmativas vigentes mientras se define el esquema definitivo del servicio. Este acto debía detallar, entre otros puntos, el listado de acciones afirmativas, los procedimientos para garantizar la continuidad del servicio y un cronograma con responsables de implementación.
Adicionalmente, se instó al Distrito Capital, a través de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos -UAESP- a tomar las medidas administrativas y contractuales necesarias para asegurar la continuidad del servicio y de las acciones afirmativas mientras opera el régimen transitorio, entre las que se encuentran las siguientes:
-El acceso cierto y seguro al material aprovechable.
La remuneración de la actividad de aprovechamiento.
-La coordinación operativa entre prestadores del servicio y organizaciones de recicladores.
- Definir un cronograma de implementación y responsables, conforme a lo ordenado por la Corte Constitucional.
-Habilitar de manera excepcional y transitoria al Distrito Capital para ampliar el término de las Áreas de Servicio Exclusivo por un período superior a ocho (8) años, con el fin de evitar una regresión en los derechos fundamentales protegidos.
Vigencia del régimen transitorio
De acuerdo con lo establecido en el Auto 2059 de 2025, el régimen transitorio creado mediante la Resolución CRA 1027 tendrá un carácter excepcional y temporal. Su vigencia finalizará únicamente cuando se cumplan de manera simultánea dos condiciones: primero, que la CRA publique en el Diario Oficial la resolución que subroga el Título 2, Parte 3, Libro 5 de la Resolución CRA 943 de 2021, relacionada con la nueva metodología tarifaria del servicio público de aseo para municipios y distritos de más de 5.000 suscriptores; y segundo, que Bogotá D.C. defina e implemente un esquema de operación del servicio de aseo que garantice la no regresividad de las acciones afirmativas actualmente vigentes en el Distrito Capital a través de los contratos de concesión.
Garantía de los derechos de usuarios del servicio de aseo
Para proteger los derechos de los usuarios del servicio de aseo en Bogotá durante el período de transición y con el fin de asegurar que las tarifas sean justas y reflejen costos reales, y considerando que la Ley 142 de 1994 prohíbe trasladar "costos ineficientes" a los usuarios y cobrar por servicios que no se hayan prestado efectivamente, se exhorta a la UAESP para que, durante el régimen de transición, en el ámbito de sus competencias como concedente de la prestación del servicio de aseo y como garante de la prestación, realice las siguientes acciones:
*Revisión de tarifas: Se solicita a la UAESP que revise los costos de referencia para que los usuarios se beneficien de la revisión tarifaria y de la suficiencia financiera, producto de la ampliación del plazo de las áreas de servicio exclusivo.
*No a cobros duplicados: Queda prohibido cobrar por inversiones que los ciudadanos ya pagaron anteriormente a través de sus facturas durante los contratos de áreas exclusivas desde febrero de 2018 a febrero de 2026.
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios ejercerá sus funciones de control y vigilancia en las tarifas que se cobrará a los usuarios. La CRA, por su parte, definirá los criterios para que las mejoras en productividad se traduzcan en beneficios para el ciudadano durante la vigencia de este régimen transitorio.
El régimen transitorio estará vigente hasta el 30 de noviembre de 2027, lapso que comprende la expedición del nuevo marco tarifario de aseo, la presentación de solicitud de la UAESP para verificar los motivos para establecer una nuevas ASES, la evaluación de la misma por parte de la CRA, así como licitación pública, adjudicación de la licitación e inicio de la operación del esquema definitivo por parte del Distrito.
La resolución CRA 1027 de 2026 es fruto del trabajo articulado entre la Corte Constitucional, el Gobierno Nacional y el Distrital, en pro de los derechos de la población recicladora de oficio y la prestación del servicio de aseo en la capital, manteniendo siempre la autonomía del ente regulador.
Boletin de prensa de CRA


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